Cumplimiento régimen de visitas

Existe un incumplimiento en todos los casos en que no se respete lo acordado en el régimen de relación directa y regular. Si bien los incumplimientos pueden ser infinitos, los más frecuentes son:
- Se va a buscar al menor un día que no corresponde.
- Se llega tarde a buscar al menor.
- Se va días distintos a los establecidos en el acuerdo.
- Se impide que el padre salga con el otro.

¿Qué consecuencias trae el incumplimiento del régimen de visitas?
Cuando el tribunal haya establecido el incumplimiento del régimen de relación directa y regular fijado entre las partes, se podrá:
Recuperar o compensar los días: En aquellos casos en que el padre que tiene el cuidado personal impida que el hijo salga con el otro. Ante esto, se podrá solicitar que se compensen cada uno de los días.
Multa: Asimismo, se podrá aplicar una multa en aquellos casos en que no se cumpla o bien se impida que cumpla el régimen acordado entre ambas partes.
Arresto: El arresto es posible aplicarlo en los mismos casos anteriormente señalados. El arresto podrá solicitarse hasta por 15 días e incluso renovarse si se sigue incumpliendo el régimen de relación directa y regular.

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